Nueva normativa de terrazas: se reduce el servicio en olas de calor

Nueva normativa de terrazas: se reduce el servicio en olas de calor

La nueva normativa de hostelería en España permite reducir horarios o cerrar terrazas durante olas de calor y fenómenos extremos para proteger a los trabajadores, con multas que pueden superar los 50.000 euros en caso de incumplimiento.
Nueva normativa de terrazas frente al calor
Cierre de terrazas por calor
Lunes, Abril 27, 2026 - 12:43

La normativa meteorológica estaba esperando su turno y, con la llegada del calor, no ha podido demorarse más. Hostelería de España, CEAT y los sindicatos UGT para Hostelería y CCOO Servicios firmaron hace unos días la actualización del VI Acuerdo Laboral de Ámbito Estatal para el sector de la hostelería (ALEH). A partir de abril, se reduce el horario en terrazas e incluso se contempla su prohibición cuando no puedan adoptarse medidas frente a olas de calor y otras circunstancias meteorológicas adversas de alerta extrema.

Las medidas adoptadas buscan reforzar el derecho a la protección de los trabajadores de la hostelería, en un contexto en el que la climatología presenta episodios cada vez más extremos. Tras la aprobación de esta actualización, la integridad física de los empleados queda amparada por la legalidad, en un endurecimiento de la normativa ya existente.

Entérate de todos los cambios leyendo: La restauración en España ante los cambios normativos de 2026

¿Qué refuerza la nueva normativa?

Esta aprobación responde a años de negociación entre las organizaciones implicadas para homogeneizar las condiciones laborales. En esta línea, el Real Decreto-ley 4/2023 ya estableció normas de seguridad y salud en los trabajos al aire libre:

  • En junio de 2025, el Ministerio de Trabajo activó el Plan Calor a través del que las inspecciones periódicas para la prevención de riesgos se instensificarían.

  • Además, se publicó una Guía de Actuación Inspectora para Fenómenos Meteorológicos, que ofrecía un plan de actuación a empresas e inspectores.

Las terrazas deberán acogerse a medidas preventivas para evitar poner el riesgo la salud laboral
Cierre de terrazas en pro de los trabajadores en ola de calor

¿Cómo se aplica la nueva normativa sobre climatología en hostelería?

En coordinación con la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), se refuerza la obligación de prevenir riesgos climáticos y catástrofes naturales en la hostelería, especialmente en terrazas. En situaciones de calor extremo, inundaciones, DANAs o nevadas, mientras se mantengan alertas rojas o naranjas, los establecimientos deberán reducir la jornada o suspender la actividad al aire libre.

Mientras tanto, el interior de los establecimientos podrá seguir funcionando siempre que se garantice la protección de trabajadores y clientes. Se recomienda que la temperatura se mantenga entre 14 y 25 grados.

La normativa establece, además, la implantación de medidas preventivas que permitan evitar la suspensión de la actividad exterior, como sistemas de refrigeración. Sin embargo, cuando estas no puedan asegurar el bienestar de los trabajadores, las terrazas deberán permanecer cerradas.

Entre las medidas preventivas propuestas destacan:

  • Redistribución de horarios, evitando el servicio en las horas de mayor insolación, especialmente durante las horas centrales del día.

  • Rotación de personal para limitar la exposición prolongada al calor.

  • Facilitar sistemas de hidratación y adaptar los uniformes hacia tejidos transpirables y gorras.

Las multas por incumplimiento podrán superar los 50 mil euros

El incumplimiento de la normativa, vigente desde abril, puede acarrear sanciones económicas superiores a los 50.000 euros por vulneración de los derechos laborales en materia de salud. Asimismo, los establecimientos se exponen a inspecciones de trabajo, lo que refuerza la protección del trabajador ante situaciones de meteorología extrema.

Lee también: Francia prohíbe tirar comida: la ley que convierte el desperdicio en esperanza

Buscar